Art. Disposición final cuarta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

29 / 35
En vigor desde 24 dic 2020
Se modifica el apartado 2 del artículo 11 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, que queda redactado de la siguiente manera: «Estas ayudas irán destinadas a sufragar los gastos que a continuación se relacionan realizados por las salas de exhibición cinematográfica en el año 2020 y hasta el 31 de mayo de 2021, derivados de la crisis del COVID-19: a) Gastos incidentales generados como consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas. Entre otros, implementación de un plan de prevención de riesgos para personas trabajadoras y público, desinfección, compra de material –mascarillas, guantes, jabón desinfectante, mamparas– o señalética específica, entre otros elementos y acciones necesarias para la protección y seguridad de las personas. b) Campañas orientadas a la reapertura y vuelta del público a los cines. c) Actuaciones que permitan aumentar la programación de campañas escolares. d) Espacio publicitario para promoción y tráiler de cine español en las salas, así como de campañas institucionales.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2020/12/22/35#disposicion-final-cuarta