Art. 1
1 / 10En vigor desde 4 nov 2020
El presente real decreto-ley tiene por objeto disponer la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 66 del Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2020/11/03/33#art-1