Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional octava
226 / 260En vigor desde 25 feb 2020
Las entidades contratantes pertenecientes al Sector Público estarán sujetas a las obligaciones de remisión de contratos y de información que establecen las disposiciones adicionales cuadragésimo quinta y cuadragésima sexta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2020/02/04/3#disposicion-adicional-octava