Art. 178
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Obligaciones de información y normas de conducta§ Subsección 2.ª Requisitos adicionales en relación con la distribución de productos de inversión basados en seguros

Art. 178

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En vigor desde 6 feb 2020
La presente subsección establece requisitos adicionales de información a los aplicables a la distribución de seguros de conformidad con los artículos 172, 173, 174, 175 y 176, cuando la distribución de seguros se refiera a la comercialización de productos de inversión basados en seguros realizada por: a) Un mediador de seguros. b) Una entidad aseguradora.
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eli/es/rdl/2020/02/04/3#art-178