Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
21 / 23En vigor desde 20 feb 2011
Este real decreto-ley se dicta al amparo de los títulos competenciales previstos en el artículo 149.1 de la Constitución, en sus apartados 7, 13 y 17.
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Proeli/es/rdl/2011/02/18/3#disposicion-final-segunda