Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 27En vigor desde 1 abr 2009
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2009, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:
Uno. Se deroga la disposición adicional vigésima tercera.
Dos. El apartado 3 de la disposición derogatoria segunda queda redactado de la siguiente manera:
«3. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2012 queda derogado el apartado 2 del artículo 38 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.»
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Proeli/es/rdl/2009/03/27/3#art-2