Art. 8
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 8

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En vigor desde 3 mar 1993
Los importes recogidos en el anexo VII, Compromisos de gastos que se extienden a ejercicios futuros, de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, en lo que se refiere a la Sección 17 «Ministerio de Obras Públicas y Transportes», quedan establecidos en los términos que se recogen en el anexo II del presente Real Decreto-ley.
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eli/es/rdl/1993/02/26/3#art-8