Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 7 jul 2020
Las actividades económicas del sector turístico a las que se refiere el artículo 3 serán las encuadradas en el código CNAE 5510 (Hoteles y alojamientos similares), 5520 (Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia) y 7911 (Actividades de agencias de viajes).
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