Art. Disposición final segunda
7 / 9En vigor desde 28 oct 2021
Este real decreto-ley tiene carácter básico y se dicta al amparo de la competencia que las reglas 13.ª y 25.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española atribuyen al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y bases del régimen minero y energético
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Proeli/es/rdl/2021/10/26/23#disposicion-final-segunda