Art. 15
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Ayudas a la internacionalización y promoción del turismo

Art. 15

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En vigor desde 3 sept 2026
1. ICEX España Exportación e Inversiones, EPE, promoverá un plan de fomento de la internacionalización de las empresas de Ceuta (Plan Ceuta Exporta). 2. El Plan Ceuta Exporta integrará diferentes medidas encaminadas a apoyar la internacionalización de su tejido empresarial y productivo como vía para favorecer la competitividad de las empresas y el crecimiento económico, incluyendo entre otras las siguientes: a) Un plan de acompañamiento personalizado e individualizado con las 100 empresas que hayan exportado desde Ceuta en algún momento de los últimos cinco años. b) Una jornada a celebrar en la ciudad con las empresas exportadoras de la ciudad y representantes de ICEX y de la Red Exterior de Oficinas Económicas y Comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio, enfocada a la realidad exportadora de la ciudad. El Plan Ceuta Exporta se ejecutará durante los seis meses siguientes a la fecha de este real decreto-ley. 3. Para la financiación de las medidas incluidas en este artículo, se aprueba un crédito extraordinario de 1.000.000 de euros en el presupuesto del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en la siguiente aplicación presupuestaria: 27.10.431A.747.02 «Al ICEX para la ejecución del Plan Ceuta Exporta. Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre», que se transferirá a ICEX para la ejecución del citado Plan. La financiación del crédito extraordinario recogido en este artículo se realizará de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
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eli/es/rdl/2026/09/01/22#art-15