Título TÍTULO IV
Art. Disposición final cuarta
28 / 30En vigor desde 27 ago 2026
Las previsiones incluidas en la norma reglamentaria que son objeto de modificación por este real decreto-ley, podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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Proeli/es/rdl/2026/08/25/21#disposicion-final-cuarta