Art. 1
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1

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En vigor desde 27 ago 2026
El presente real decreto-ley tiene por objeto regular, en el ámbito de la Administración General del Estado y de su sector público institucional, la relación entre los grupos de interés y las personas titulares de puestos públicos susceptibles de recibir influencia, en los términos previstos en el artículo 4, en aras de garantizar la transparencia, la responsabilidad, la integridad, la trazabilidad y la igualdad de oportunidades en la actividad de influencia legítima de los grupos de interés en los procesos de toma de decisiones públicas y prevenir situaciones de conflictos de intereses. Asimismo, crea y regula un registro de ámbito estatal, público y obligatorio, de grupos de interés.
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eli/es/rdl/2026/08/25/21#art-1