Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
70 / 73En vigor desde 3 ene 2018
El presente real decreto-ley se dicta de conformidad con lo previsto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre legislación mercantil, bases de la ordenación de crédito, banca y seguros, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.
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Proeli/es/rdl/2017/12/29/21#disposicion-final-segunda