Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 56
56 / 73En vigor desde 3 ene 2018
Es infracción muy grave el incumplimiento, no meramente ocasional o aislado, por parte de la empresas de servicios de inversión, de la obligación de actuar con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, fomentando la integridad del mercado, establecida en los artículos 24 y 27.2 del Reglamento (UE) n.º 600/2014, de 15 de mayo de 2014.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2017/12/29/21#art-56