Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 66En vigor desde 6 oct 2021
1. El presente real decreto-ley tiene como objeto la adopción inmediata de medidas de asistencia y apoyo a los afectados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así como para la reparación de sus consecuencias y el impulso de la reconstrucción económica, social, laboral y medioambiental de la citada isla.
2. Las ayudas y subvenciones de reparación adoptadas en este real decreto-ley son de aplicación a las personas físicas y entidades públicas o privadas que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos radicados en el ámbito de la isla de La Palma como consecuencia directa o indirecta de las erupciones volcánicas y los acrediten de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones, convenios o cualesquiera otros instrumentos que se formalicen por las Administraciones Públicas en aplicación de lo dispuesto en este real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2021/10/05/20#art-1