Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VII

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 15 jul 2012
La derogación del apartado 4 del artículo 214 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social prevista en este Real Decreto-ley será de aplicación a las prestaciones por desempleo cuyo nacimiento del derecho derive de situaciones legales de desempleo producidas a partir de la entrada en vigor de esta norma.
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