Art. Disposición final décima
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final décima

43 / 56
En vigor desde 1 ene 2012
Con carácter transitorio durante el año 2012, y hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado asumirá, con carácter de anticipo a cuenta, las obligaciones derivadas de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del juego en relación con el Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, por el que se regula la distribución de la recaudación y premios de las Apuestas Deportivas del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2011/12/30/20#disposicion-final-decima