Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Entidades locales

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 5 feb 2026
Los procedimientos de desahucio o lanzamiento que se encontraran suspendidos a fecha de 27 de enero de 2026 conforme a lo previsto en los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, continuarán suspendidos conforme a lo previsto en el presente real decreto-ley sin necesidad de nueva solicitud.
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eli/es/rdl/2026/02/03/2#disposicion-transitoria-unica