Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final cuarta
11 / 11En vigor desde 2 feb 2013
Este real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2013/02/01/2#disposicion-final-cuarta