Art. Disposición transitoria única
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria única

18 / 23
En vigor desde 24 nov 2022
La letra e) del artículo 63 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, modificada en virtud de la disposición final primera de la presente norma, será de aplicación a la comprobación de subvenciones relacionadas con el uso de fondos europeos cuyo plazo de justificación aún no haya concluido.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2022/11/22/19#disposicion-transitoria-unica