Art. 3
Título TÍTULO ÚNICO

Art. 3

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En vigor desde 6 oct 2021
El texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, queda modificado como sigue: Uno. Se modifica la letra a) del artículo 9.5, que queda redactada en los siguientes términos: «a) Actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con el cumplimiento del deber de conservación, rehabilitación y mejora de los edificios, así como con la participación en la ejecución de actuaciones de rehabilitación y en las de regeneración y renovación urbanas que correspondan. A tal efecto podrán elaborar, por propia iniciativa o por encargo del responsable de la gestión de la actuación de que se trate, los correspondientes planes o proyectos de gestión correspondientes a la actuación.» Dos. Se modifica la letra h) del artículo 9.5, que queda redactada en los siguientes términos: «h) Solicitar créditos con el objeto de obtener financiación para las obras de conservación, rehabilitación y mejora de los edificios y las actuaciones reguladas por esta ley.»
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eli/es/rdl/2021/10/05/19#art-3