Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final quinta
41 / 45En vigor desde 20 oct 2022
Se modifica la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el párrafo tercero del apartado 7 del artículo 2, que queda redactado como sigue:
«– En el caso de las unidades de convivencia, libro/s de familia y/o certificado/s de nacimiento y/o certificados/s de matrimonio expedido por el Registro Civil que acredite/n la relación de filiación y parentesco de las personas que conforman la unidad de convivencia. Asimismo, cuando corresponda, certificado que acredite la inscripción como pareja de hecho y/o resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento. En su caso, declaración responsable relativa al estado civil del solicitante, de conformidad con el modelo que figura como anexo III de esta Orden.»
Dos. Se añade un anexo III, con el siguiente contenido:
«ANEXO III Modelo de declaración responsable sobre el estado civil del solicitante
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Proeli/es/rdl/2022/10/18/18#disposicion-final-quinta