Título TÍTULO II
Art. Disposición final tercera
29 / 31En vigor desde 29 sept 2021
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª y 17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado las competencias exclusivas en las materias de legislación laboral y de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rdl/2021/09/28/18#disposicion-final-tercera