Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Entidades locales
Art. Disposición final segunda
34 / 37En vigor desde 25 dic 2025
Las previsiones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de modificación por este real decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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Proeli/es/rdl/2025/12/23/16#disposicion-final-segunda