Art. Disposición final segunda
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Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los apartados 10 y 29 del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre régimen aduanero y arancelario y seguridad pública, respectivamente.
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Proeli/es/rdl/2018/10/26/16#disposicion-final-segunda