Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 15 oct 2011
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en el presente real decreto-ley y en particular: El Real Decreto-ley 4/1980, de 28 de marzo, dotando de personalidad jurídica al Fondo de Garantía de Depósitos y otras medidas complementaria. Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, sobre fondos de garantía de depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito. El artículo 1 y los apartados 1, a excepción del párrafo cuarto, y 6 del artículo 2 del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
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