Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 11 jun 2026
Las previsiones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de modificación por este real decreto-ley, podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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BOE-A-2026-12516#disposicion-final-tercera