Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
33 / 36En vigor desde 27 oct 2009
Se faculta al titular del Ministerio de Política Territorial a adoptar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en el presente real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2009/10/26/13#disposicion-final-segunda