Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 28 may 2026
1. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. 2. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizarán por los respectivos órganos competentes de conformidad con lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
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eli/es/rdl/2026/05/26/12#art-3