Título TÍTULO V
Art. 29
29 / 50En vigor desde 9 sept 2018
Las autoridades competentes y los CSIRT de referencia cooperarán estrechamente con la Agencia Española de Protección de Datos para hacer frente a los incidentes que den lugar a violaciones de datos personales.
Las autoridades competentes y los CSIRT de referencia comunicarán sin dilación a la Agencia Española de Protección de Datos los incidentes que puedan suponer una vulneración de datos personales y la mantendrán informada sobre la evolución de tales incidentes.
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Proeli/es/rdl/2018/09/07/12#art-29