Art. Disposición final cuarta Entrada en vigor
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final cuarta Entrada en vigor

21 / 21
En vigor desde 31 mar 2012
El presente real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2012/03/30/11#disposicion-final-cuarta-entrada-en-vigor