Art. Disposición final undécima

Art. Disposición final undécima

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En vigor desde 15 may 2022
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» No obstante, la fecha de inicio del mecanismo de ajuste regulado en este real decreto-ley será la que se determine en la Orden por la que se publique la Autorización del mecanismo de ajuste por parte de la Comisión Europea a la que se refiere la disposición final primera.
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