Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final novena
97 / 97En vigor desde 30 ene 2025
1. Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los artículos 64, 65 y 66 producirán efectos económicos desde el día 1 de enero de 2025.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2025/01/28/1#disposicion-final-novena