Art. 6
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 30 ene 2025
Las ayudas van dirigidas a la reducción de precios de los siguientes títulos de transporte colectivo terrestre: a) Títulos multiviaje y abonos dirigidos a la población infantil y juvenil. b) Otros títulos multiviaje y abonos, excluidos el billete de ida y vuelta y los títulos turísticos de cualquier naturaleza similar.
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eli/es/rdl/2025/01/28/1#art-6