Art. Disposición adicional decimocuarta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimocuarta

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En vigor desde 12 ene 2023
En el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, el Gobierno creará una comisión para impulsar la evaluación y el reconocimiento como enfermedades profesionales de aquellas contraídas a consecuencia de las especificidades del trabajo por cuenta ajena o propia del sector. Esta comisión estará formada por los departamentos ministeriales competentes, organizaciones sindicales y empresariales y otras organizaciones representativas del sector cultural, así como otros órganos colegiados de profesionales de la salud con competencias en la materia.
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