Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional sexta
17 / 24En vigor desde 1 mar 2015
La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas estará representada en las Mesas de negociación del personal docente no universitario, del personal de la Administración de Justicia y del personal estatutario de los servicios de salud, a través de la Dirección General de la Función Pública.
La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas adoptará las medidas oportunas para impulsar y asegurar la coordinación de la negociación de la Administración a través de las distintas Mesas y ámbitos.
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Proeli/es/rdl/2015/02/27/1#disposicion-adicional-sexta