Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Normas comunes a las entidades gestoras y servicios comunes
Art. 78
85 / 507En vigor desde 2 ene 2016
1. Los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás disposiciones que les sean de aplicación.
2. Corresponde al Gobierno, a propuesta del ministro competente, el nombramiento y cese de los cargos directivos con categoría de director general o asimilada.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/30/8#art-78