Art. 249
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XVIISecc. Sección 2.ª Trabajadores contratados para la formación y el aprendizaje.

Art. 249

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En vigor desde 1 ene 2019
1. La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones de aquella, incluido el desempleo. Respecto a la protección por desempleo, resultará de aplicación lo establecido en el título III con las especialidades previstas en el artículo 290. 2. Los contratos suscritos conforme a lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo estarán exentos de la cotización por formación profesional. Se modifica por la disposición final 2.7 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17992#df-2

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eli/es/rdlg/2015/10/30/8#art-249