Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XVI›Secc. Sección 2.ª Disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo en el Régimen General
Art. 242
253 / 507En vigor desde 2 ene 2016
El incumplimiento por parte de las empresas de las órdenes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de las resoluciones de la autoridad laboral en materia de paralización de trabajos que no cumplan las normas de seguridad y salud se equiparará, respecto de los accidentes de trabajo que en tal caso pudieran producirse, a la falta de formalización de la protección por dicha contingencia de los trabajadores afectados, con independencia de cualquier otra responsabilidad o sanción a que hubiera lugar.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2015/10/30/8#art-242