Art. 181
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Supuesto especial

Art. 181

191 / 507
En vigor desde 31 jul 2025
Serán personas beneficiarias del subsidio por nacimiento y cuidado de menor previsto en esta sección las personas trabajadoras incluidas en el Régimen General que, producida la situación de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar a que se refiere el artículo 177, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor regulada en la sección anterior, salvo el período mínimo de cotización establecido en el artículo 178. Se modifica por el .2 del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio. Ref. BOE-A-2025-15741 Se modifica por el .7 Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2019-3244#a4

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Pro

eli/es/rdlg/2015/10/30/8#art-181