Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL›Título TITULO VIII›Capítulo CAPITULO III›Secc. Sección cuarta. Contribuciones especiales de los municipios
Art. 217
Derogado222 / 486En vigor desde 31 dic 1988
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-29623
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1986/04/18/781#art-217