Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL›Título TITULO VIII›Capítulo CAPITULO II›Secc. Sección primera. Imposicion y ordenacion de tributos
Art. 190
Derogado194 / 486En vigor desde 31 dic 1988
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-29623 Redactados los apartados 1, 2 y 4 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 165, de 11 de julio de 1986. Ref. BOE-A-1986-18436
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1986/04/18/781#art-190