Libro TEXTO REFUNDIDO DE LEY DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO›Título SUBTÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Pensiones en favor de los padres
Art. 46
50 / 110En vigor desde 13 ene 1988
(Derogado)
Se deroga por la disposición adicional 20 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-1987-28404
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1987/04/30/670#art-46