Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
145 / 148En vigor desde 31 ene 2016
Esta ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva atribuida al Estado sobre tráfico y circulación de vehículos a motor por el artículo 149.1.21ª de la Constitución Española.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/30/6#disposicion-final-primera