Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
30 / 136En vigor desde 1 nov 2015
Las Administraciones Públicas determinarán las retribuciones de los funcionarios en prácticas que, como mínimo, se corresponderán a las del sueldo del Subgrupo o Grupo, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, en que aspiren a ingresar.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/30/5#art-26