Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Infracciones de las empresas que colaboran voluntariamente en la gestión
Art. 30
37 / 68En vigor desde 1 ene 2001
Son infracciones leves:
1. No llevar en orden y al día la documentación reglamentariamente exigida.
2. No dar cuenta, semestralmente, al comité de empresa de la aplicación de las cantidades percibidas para el ejercicio de la colaboración.
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Proeli/es/rdlg/2000/08/04/5#art-30