Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª Infracciones de las empresas de trabajo temporal establecidas en otros Estados miembros de la Unión Europea o en Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como de las empresas usuarias
Art. 19 quater
25 / 68En vigor desde 29 abr 2021
Constituye infracción grave la ausencia de información de la empresa usuaria a la empresa de trabajo temporal establecida en otro Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo sobre el inicio del envío temporal de una persona trabajadora desplazada a España, con la antelación suficiente para que dicha empresa pueda comunicar el desplazamiento a las autoridades españolas.
Se añade por el .4 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872#ad-3
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Proeli/es/rdlg/2000/08/04/5#art-19-quater