Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 299
349 / 415En vigor desde 13 nov 2015
Son infracciones graves las siguientes acciones u omisiones:
1. La adquisición de una participación como la descrita en el artículo 175.1 sin haberla comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el 181, así como el aumento o reducción de una participación significativa, incumpliendo lo previsto en los artículos 48.1, 99, 103 a 110 y 179.1.
2. Los incumplimientos previstos el artículo 278.1 y en los apartados 4, 6 y 7 del artículo 279, cuando tengan carácter ocasional o aislado.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/23/4#art-299