Art. 302
Libro LIBRO IVTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 302

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En vigor desde 16 dic 2011
En el pliego de cláusulas administrativas se establecerá el sistema de determinación del precio de los contratos de servicios, que podrá estar referido a componentes de la prestación, unidades de ejecución o unidades de tiempo, o fijarse en un tanto alzado cuando no sea posible o conveniente su descomposición, o resultar de la aplicación de honorarios por tarifas o de una combinación de varias de estas modalidades.
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