Libro LIBRO IV›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 5.ª Resolución del contrato de suministro
Art. 299
309 / 397En vigor desde 16 dic 2011
Son causas de resolución del contrato de suministro, además de las señaladas en el artículo 223, las siguientes:
a) La suspensión, por causa imputable a la Administración, de la iniciación del suministro por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato para la entrega, salvo que en el pliego se señale otro menor.
b) El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año acordada por la Administración, salvo que en el pliego se señale otro menor.
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Proeli/es/rdlg/2011/11/14/3#art-299